El Pleno del Tribunal Constitucional está intentando buscar la unanimidad de los magistrados en la sentencia sobre el Estatuto valenciano impugnado por las comunidades autónomas de Aragón y Castilla-La Mancha, al tiempo que trata de elaborar una doctrina que sirva para todos los estatutos implicados en la denominada guerra del agua, según han informado fuentes del alto tribunal. Aunque las posiciones de partida están enfrentadas sobre el texto de la ponencia, magistrados de ambos sectores intentan un acercamiento en busca del consenso sobre las sentencias.
El Pleno que estudia ambos recursos está integrado por todos los magistrados del Constitucional y lo encabeza la presidenta, María Emilia Casas. El pasado lunes comenzaron las deliberaciones sobre la ponencia de la magistrada progresista Elisa Pérez Vera, favorable a la constitucionalidad del artículo 17 del Estatuto de la Comunidad de Valencia, por el que la comunidad se garantiza los excedentes de otras cuencas. Dado que los recursos de Aragón y Castilla-La Mancha contra el Estatuto valenciano no se han acumulado, habrá dos sentencias. La ponencia de la segunda corresponde al magistrado conservador Javier Delgado Barrio, y se deliberará después de la de Pérez Vera.
Las posiciones de partida sobre la sentencia estaban divididas en los dos bloques habituales: seis conservadores contrarios a la ponencia frente a los seis progresistas, incluida la presidenta, que respaldan el texto de Pérez Vera, favorable a la constitucionalidad del Estatuto valenciano.
Tras la primera semana de pleno jurisdiccional sobre el Estatuto, los magistrados siguen debatiendo cuestiones preliminares, pero se han producido intentos de acercamiento por ambas partes e incluso dos magistrados del sector conservador se han mostrado receptivos a cuestiones planteadas por los progresistas.
Sin embargo, y a pesar de que por ahora se avanza a buen ritmo, fuentes del Tribunal estiman que «llegarán las discrepancias» y la sentencia tardará aún, puede que hasta Navidad. Sobre el espinoso tema del agua resulta muy difícil conciliar el interés de las comunidades con sus convecinas.
Una sentencia-tipo
El Tribunal quiere obtener una sentencia-tipo que siente doctrina para resolver el chaparrón de impugnaciones que han dirigido unas comunidades contra otras por el aprovechamiento de los recursos hídricos. El problema es que una doctrina que pudiera ser aceptada por un sector del Constitucional para el Estatuto valenciano tendría que servir después para el Estatuto catalán, lo que genera más reticencias.
Incluso en el tipo de sentencia a dictar existen matizaciones ya que, como dijo uno de los magistrados del alto tribunal, mientras unos quieren «una sentencia a gran orquesta«, otros son partidarios de otra más breve y sintética, «de las de sota, caballo y rey«.
No obstante, el Constitucional parece decidido a no escatimar esfuerzos y frente a la costumbre de celebrar pleno jurisdiccional en semanas alternas, ha habilitado también esta semana, además de la pasada, para continuar las deliberaciones del Estatuto valenciano. Hoy y el próximo miércoles seguirán con el Estatuto y mañana martes abordarán la estimación de las abstenciones de la presidenta María Emilia Casas y el vicepresidente Guillermo Jiménez del recurso del PP contra la ley orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), sobre un texto que debe presentar al Pleno el magistrado Pablo Pérez Tremps.
El artículo 17.1 del Estatuto de la Comunidad de Valencia, impugnado por Aragón y por Castilla-La Mancha, establece: «Se garantiza el derecho de los valencianos y valencianas a disponer de abastecimiento suficiente de agua de calidad. Igualmente, se reconoce el derecho de redistribución de los sobrantes de aguas de cuencas excedentarias atendiendo a criterios de sostenibilidad de acuerdo con la Constitución y la legislación estatal».
Los aragoneses ven en ese artículo un intento de aprovechamiento del Ebro por parte de los valencianos, cuestión innegociable para el Gobierno aragonés, para el que no es de recibo que Valencia «intente aprovecharse de las aguas sobrantes de una cuenca sin contar para nada con la región afectada».
Cuencas limítrofes
A su vez, los castellano-manchegos recurrieron porque, según su presidente, José María Barreda, la Comunidad Valenciana «se arrogaba todos los excedentes supuestos de las cuencas hidrográficas limítrofes», en referencia al trasvase Tajo-Segura y a los embalses de la cabecera del Tajo.
En sus alegaciones a los recursos de inconstitucionalidad, el Gobierno central ha pedido al Constitucional que desestime los recursos de Aragón y Castilla-La Mancha. El Abogado del Estado, que representa al Ejecutivo, niega en sus alegaciones que el artículo 17.1 del Estatuto valenciano obligue al Estado a redistribuir sobrantes para satisfacer con ellos al territorio valenciano. El Gobierno entiende que una norma de «aplicación territorial limitada» como es el Estatuto no puede decidir «una cuestión que afecta a otros territorios o al conjunto del Estado».
El Ejecutivo central expone además que los derechos proclamados por el Estatuto valenciano no son fundamentales ni gozan de la protección de éstos, sino que «simplemente vinculan a los poderes públicos autonómicos y locales de la comunidad valenciana». Por tanto, la proclamación del derecho de los valencianos al abastecimiento de agua vincula a la Generalitat pero no significa que los valencianos tengan ningún derecho absoluto o preferente en relación con los demás españoles.
Sobre otros motivos de inconstitucionalidad alegados por Aragón y Castilla-La Mancha, el Abogado
Primer asalto
La Constitución fija en su artículo 149.22 que es «competencia exclusiva» del Gobierno «la legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran del Estado sostiene que las competencias asumidas por las comunidades han de estar en «el marco constitucional».
por más de una comunidad autónoma». Y por eso los gestionan las confederaciones hidrográficas, del Ministerio de Medio Ambiente. Las cuencas que discurren por una sola comunidad ya están cedidas a las autonomías y las comunidades han buscado, a través de sus estatutos, controlar en mayor o menor medida sus ríos aunque atraviesen otras regiones.
De ahí que haya 15 recursos de inconstitucionalidad, incluso entre comunidades del mismo partido, por el tema del agua. En los nuevos estatutos ya en vigor, Andalucía se arroga la competencia sobre el Guadalquivir en su suelo, cuya cuenca abarca cuatro autonomías; Cataluña deberá emitir un informe sobre cualquier posible trasvase y Valencia se atribuye el agua que sobre de otras cuencas. El aragonés «vela especialmente para evitar transferencias de aguas que afecten a intereses de sostenibilidad, atendiendo a los derechos de las generaciones presentes y futuras». Castilla-La Mancha tramita uno en el que pone fecha de caducidad al trasvase Tajo-Segura.
El Gobierno trató de aplacar estas demandas con una reforma de la Ley de Aguas, pero tras más de dos años de elaboración, en agosto paralizó el texto antes incluso de enviarlo al Congreso.