NORMATIVA DE LA JCRMO:
- Integración en la JCRMO:
En el Plan Hidrológico del Júcar de 1998, en desarrollo de la Ley de Aguas, y resoluciones posteriores de la Confederación Hidrográfica del Júcar de 1999, 2008 y 2016[1] se estableció que todos los usuarios del agua de la Mancha Oriental deberían adscribirse obligatoriamente a la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental (JCRMO) como una única comunidad de usuarios integrando los diversos usos del agua de su ámbito para procurar una gestión coordinada de los recursos hídricos de su ámbito, siendo además requisito indispensable para la recepción de las aguas superficiales.
[1] Mediante Resolución de presidencia de la Confederación Hidrográfica del Júcar de 13 de diciembre de 2016 se ordena la integración de todos los usuarios de aguas subterráneas y superficiales del ámbito de adscripción obligatorio de la JCRMO, según lo dispuesto en el artículo 81 y 87 del TRLA en relación con lo indicado en el artículo 41 del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar (Anexo XI del Real Decreto 1/2016 de 8 de enero), (BOP de Cuenca, 20 de enero de 2017: Ver PDF y BOP de Albacete del 3 de febrero de 2017: Ver PDF ).
- Régimen jurídico:
La Junta Central se constituye en base a lo dispuesto en el RDL 1/2001, de 20 de julio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, el Reglamento de Dominio Público Hidráulico aprobado por RD 849/1986, de 11 de abril, modificado en 2023 por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, el RD 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba Plan Hidrológico de cuenca de la Demarcación Hidrográfica del Júcar y los Estatutos y Reglamentos de la Junta de Gobierno y del Jurado de Riegos aprobados por Resolución de Presidencia de 11 de septiembre de 2017, quedando derogados los hasta entonces vigentes de junio de 1995, así como por los acuerdos de su Junta de Gobierno y Asamblea. En lo no previsto en los Estatutos y Reglamentos, la Junta se regirá por lo dispuesto en la normativa antedicha y en las demás disposiciones de aplicación.
Es importante reseñar por su relevancia en el régimen jurídico de las corporaciones de Derecho público, las modificaciones introducidas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas aplicables a todas las comunidades de usuarios.
- Régimen Laboral:
RDL 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Vigente hasta el 01 de Enero de 2015), legislación vigente y Convenio Colectivo de la JCRMO publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete nº 131 de 12 de noviembre de 2014. -VER ENLACE-
- Protección de datos y Transparencia:
Fichero de la JCRMO inscrito en el Registro General de Protección de Datos desde agosto de 2013 (Código de inscripción 2132201420), de acuerdo al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que también, en el Título III adapta al Derecho Español el principio de transparencia. – VER ENLACE-
NORMATIVA VIGENTE SOBRE AGUAS:
https://www.miteco.gob.es/es/agua/legislacion.html