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El borrador del nuevo Plan del Júcar, para finales del 2009

La cuenca del Júcar ya ha iniciado la nueva planificación hidrológica que terminará en la redacción de un nuevo Plan Hidrológico del Júcar, que deberá estar redactado a finales del 2009 para cumplir con los plazos establecidos por la directiva marco comunitaria.

El pasado 25 de julio arrancó la fase de consulta pública que se prolonga durante seis meses y ya se han celebrado varias reuniones con los organismos e instituciones interesadas. El jefe de la oficina de Planificación de la Confederación del Júcar, Javier Ferrer, explicó que el proceso se encuentra ahora mismo en la fase de participación de todos los organismos implicados con la celebración de reuniones sectoriales para la organización de todo el procedimiento.

El segundo «hito» que destacó ayer el jefe de la oficina de Planificación fue la elaboración de lo que la directiva denomina esquema de temas importantes, mediante el que se deben analizar los principales problemas a los que se enfrentan así como aportar soluciones y alternativas. De este modo, se abordarán cuestiones como la atención de las demandas, la consecución de los objetivos medioambientales o la reducción de los efectos de la sequía.

El tercer hito será la elaboración de un borrador del nuevo Plan Hidrológico del Júcar, que deberá estar aprobado en diciembre del 2009.

Ferrer confió en que las polémicas suscitadas en torno al agua entre varias comunidades autónomas por la aprobación de los estatutos de autonomía no interfieran en la planificación hidrológica. No obstante, dejó claro que las competencias en materia de planificación hidrológica es del Estado, aunque admitió que las regiones tienen peso en la elaboración de los planes de cuenca.

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Cristina Narbona presenta el nuevo Sistema de Información del Agua

La ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, presentó ayer el Sistema de Información del Agua (SIA), la primera base de datos capaz de integrar y relacionar todos los datos relevantes en la gestión del agua en España, siguiendo los principios y visión integradora de la Directiva Marco del Agua.

Esta nueva herramienta garantizará el acceso de todos los ciudadanos a una amplía y diversa información relacionada con el agua, fomentando la participación pública en la toma de decisiones y permitiendo, además, la interacción con otros sistemas de información y herramientas digitales informáticas de utilidad. La información se acompaña con gráficos y mapas adaptables a las necesidades del usuario.

El SIA representa un nuevo punto de encuentro a partir del cual se puede obtener toda la información relativa al agua de forma tal que todos los usuarios, bien sean organismos públicos o entidades privadas, puedan trabajar sobre la misma base de información y compartir rápidamente sus progresos con los demás.

El sistema es capaz de integrar la información allí donde se encuentre su fuente y su sistema de adquisición y consolidar todos los datos en una base de datos única. Cabe destacar que esa versatilidad no se configura solamente a nivel de las herramientas técnicas del sistema sino que también se aplica en el diseño de los procedimientos de trabajo y la organización que soportan la explotación del sistema.

La implantación de este sistema de información no es un proyecto informático, aunque la informática tenga, casi siempre, un papel relevante en estas iniciativas. El objetivo es satisfacer las necesidades de información a diferentes tipos de usuarios: desde el más generalista hasta el más experto. Por otro lado, dejar atrás la actual situación en la que cada fuente de datos es almacenada y recogida en un sistema de información distinto. Por un lado, ofrece una web pública que con acceso libre a los datos, estructurada en base a temáticas de estudio particulares De esta forma, el usuario podrá acceder a todos los aspectos relevantes en la gestión del ciclo integral del agua: desde el marco físico que condiciona el curso de los ríos, la climatología, las presiones sobre el medio de diversos tipos como la población, la agricultura y la ganadería hasta los elementos de gestión como las redes de medida, los programas de actuaciones o los indicadores de estado.

Asimismo, dispondrá de una Intranet especializada de acceso a los datos para especialistas, que ofrece una serie de herramientas especializadas y avanzadas para el estudio y la interpretación técnica de esta información.

El tercer elemento del sistema desarrolla un concepto de divulgación de la información medioambiental relativa al agua, permitiendo un acceso rápido e intuitivo que permite satisfacer las necesidades del público en general. Se trata de un ‘Libro del Agua en formato Digital’, que junto a un texto explicativo de carácter divulgativo integra los mapas, gráficos y tablas con la información de la base de datos.

Los mapas temáticos son también dinámicos y navegables. Puede consultarse el valor de una medida directamente sobre el mapa y el dibujo puede exportarse para su utilización en otros documentos.

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El TC dice que el derecho al agua del Estatuto valenciano no supone «imposición alguna» al Estado

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de Aragón contra el Estatuto de la Comunitat Valenciana por el derecho que la norma establece para los valencianos a redistribuir los sobrantes de las cuencas hidrográficas excedentarias, al considerar que este precepto no supone «imposición alguna» al Estado en los términos en los que se redacta. Esta decisión ha contado con el voto particular de los magistrados Vicente Conde Martín de Hijas, Javier Delgado Barrio, Roberto García-Calvo y Montiel, Jorge Rodríguez-Zapata Pérez y Ramón Rodríguez Arribas.

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El alto tribunal se ha pronunciado de esta manera después de que el Ejecutivo aragonés interpusiera un recurso contra el artículo 17 del Estatuto valenciano, que señala que «se garantiza el derecho de los valencianos y valencianas a disponer del abastecimiento suficiente de agua de calidad» y «el derecho de redistribución de los sobrantes de agua de cuencas excedentarias, atendiendo a criterios de sostenibilidad de acuerdo con la Constitución y la legislación actual».

Los valencianos, indica el citado artículo, tienen derecho a «gozar de una cantidad de agua de calidad, suficiente y segura para atender sus necesidades de consumo humano y para poder desarrollar sus actividades económicas y sociales de acuerdo con la ley». «Toda persona tiene derecho a gozar de una vida y un medio ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado», por lo que la Generalitat valenciana «protegerá el medio ambiente, la diversidad ecológica, los procesos ecológicos y otras áreas de especial importancia ecológica», señala el segundo apartado del mismo.

Ante ello, el tribunal expone que el precepto recurrido no incurre en infracción del artículo 149.1.22 de la Constitución -precepto que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una comunidad autónoma- al considerar que los Estatutos de Autonomía tienen capacidad para establecer las competencias de las comunidades, delimitando indirectamente las del Estado.

Con ello, explica que la posibilidad de que los valencianos disfruten de agua de calidad en cantidad suficiente, y que accedan a la redistribución de los caudales, está sujeta a lo que acuerde o disponga la legislación estatal en el marco de las previsiones constitucionales. De manera que si dicha legislación estatal no lo dispone, no se concretará el derecho. En lo relativo al derecho a gozar de una cantidad de agua de calidad suficiente y segura, también se somete a lo que disponga la ley ‘in genere’. Así pues, el precepto impugnado no supone «imposición alguna» al Estado en los términos en que se redacta.

El alto tribunal expone que este derecho estatutario no podrá ser ejercitable de modo directo e inmediato en vía jurisdiccional, sino cuando los poderes autonómicos lo instrumenten y de acuerdo con la Constitución, la legislación estatal o la ley estatal o autonómica, según los casos.

De esta manera, el precepto estatutario recurrido no vincula la función legislativa del Estado, que podrá ejercerla sin condicionamiento alguno, es decir, con plena libertad de criterio desde la observancia de todos los preceptos constitucionales pertinentes, entre ellos, los que imponen la primacía del interés general, la garantía de la solidaridad y del equilibrio territorial, la misma protección del medio ambiente o el mandato de equiparación del nivel de vida de todos los españoles.

Criterios de sostenibilidad
Considera, así pues, que del enunciado del artículo 17.1 del Estatuto autonómico «no se desprende que haya de producirse ningún privilegio económico o social» para la Comunitat Valenciana, máxime cuando el precepto atiende a que se habrán de tener en cuenta para la modulación del derecho los «criterios de sostenibilidad» del recurso hidráulico, lo que se acomoda a los criterios propios del principio de solidaridad. Este hecho, según se expone en la sentencia, acredita que el derecho al abastecimiento de agua de los valencianos «debe sustentarse en la utilización racional del recurso» y, por tanto, «se ajusta a las exigencias de la doctrina sobre el principio de solidaridad».

La decisión adoptada por el tribunal supone el primer pronunciamiento del alto tribunal sobre los recursos de inconstitucionalidad presentados durante la presente legislatura contra los nuevos textos impulsados por cuatro comunidades autónomas. Durante la legislatura se presentaron un total de 11 recursos de inconstitucionalidad contra los estatutos de cuatro comunidades autónomas. La excepción es el caso balear, cuyo nuevo estatuto es el único que no ha terminado en el alto tribunal, y por el momento del de Castilla y León, que finalizó su tramitación a finales del pasado mes de noviembre.

«Poca claridad
La sentencia cuenta con varios votos particulares, que coinciden en destacar la «poca claridad» de la misma. Así, el voto del magistrado Vicente Conde Martín expone que existe una «difusa distinción» entre validez y eficacia de los estatutos cuando pueden entrar en colisión con leyes orgánicas llamadas por la Constitución a regular determinadas materias; y discrepa en la interpretación del artículo 139 de la Constitución, en su función de principio general de organización territorial del Estado; y en la interpretación del artículo del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.

Asimismo, cree el precepto contrario al artículo 149.1 de la Constitución respecto al derecho a la redistribución de los sobrantes de aguas de cuencas excedentarias, pues, a su juicio, con un criterio de «mínimo realismo» y atendido el dato «innegable» de que en la Comunitat no existen «aguas sobrantes de cuencas excedentarias», la referencia legal a estas aguas «no puede aludir sino a las de cuencas situadas fuera del territorio de esa comunidad».

A partir de este dato, «resulta claro que el precepto está invadiendo un área competencial que corresponde al Estado, al tiempo que excede en su ordenación del límite territorial en que debe operar el Estatuto de Autonomía». Además, expone que si el objeto de la redistribución son «los sobrantes de aguas de cuencas excedentarias», es «innegable» que el precepto «se está refiriendo a ellas, y es esa referencia lo que le hace problemático e inconstitucional», dice.

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Datos sobre calidad de ríos o agua embalsada serán de acceso público en 2008

Datos como la contaminación en los diferentes ríos y acuíferos, el agua almacenada en los embalses, los precios del agua o la presión ejercida sobre los recursos hídricos serán de acceso público desde el próximo mes de enero.


El nuevo sistema de información sobre la gestión del agua en España ha sido presentado hoy por la ministra de Medio Ambiente Cristina Narbona.

Una base de datos denominada Sistema de Información del Agua (SIA) reunirá toda la información relevante para la gestión del agua en España, una información que se encontraba hasta ahora dispersa entre diferentes organismos, y la pondrá a disposición del público a través de la página web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es).

Narbona ha destacado que la herramienta servirá para luchar contra el ‘desconocimiento de la realidad’ que alimenta ‘posiciones demagógicas y mitos falsos’ sobre el estado y las políticas de gestión del agua y que fomentará la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones en este ámbito.

La base de datos ofrece a los ciudadanos ‘información fiable’ sobre el volumen de precipitaciones, las zonas de baño de los ríos, las áreas protegidas, los recursos procedentes de las plantas desalinizadoras y de acuíferos, las actuaciones que se llevan a cabo contra la sequía, o información sobre el ciclo hidrológico.

En el sitio web se encontrará disponible el ‘Libro del Agua en formato Digital’ que integrará datos de la base de datos con un texto explicativo para divulgar la información medioambiental relativa al agua.

La base de datos, cuya puesta en marcha cumple el mandato de la Directiva Marco del Agua, activará además una intranet de acceso restringido dirigida a especialistas, que ofrecerá herramientas avanzadas para el estudio y la interpretación técnica de la información ofrecida.

Teodoro Estrela, subdirector general de Planificación y Usos Sostenibles del Agua ha explicado que esta herramienta había sido muy demandada por el colectivo universitario para impulsar la investigación.

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Junta de Extremadura crea un grupo de trabajo para los planes de las demarcaciones de Tajo, Guadiana y Guadalquivir

La Junta de Extremadura informó hoy de la creación de un grupo de trabajo para participar, junto a las oficinas de planificación hidrológicas, en la redacción de los planes hidrológicos de las demarcaciones del Tajo, Guadiana y Guadalquivir.

Este grupo está compuesto por diversos representantes de las consejerías de Fomento, Agricultura y Desarrollo Rural e Industria, Energía y Medio Ambiente.

‘El contenido de los planes hidrológicos es fundamental para determinar los recursos hidráulicos y desarrollar los usos y demandas de agua en Extremadura hasta el horizonte del año 2015’, explica la Junta en nota de prensa.

De acuerdo con la directiva marco del Agua, apostilla la Junta, la redacción de estos planes deberá completarse antes de finales del 2009. Por este motivo, ya se han mantenido las primeras reuniones de trabajo con las confederaciones hidrográficas del Guadiana y Guadalquivir, indica la nota.

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La CHJ se cobra un canon por contaminación de aguas

El departamento de Recaudación de la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Albacete ha procedido a la compensación de oficio, con cargo a los créditos existentes en la misma (concretamente en lo relativo a la participación de los tributos del estado del Ayuntamiento correspondiente al mes de abril de 2007 y diciembre de 2006), de dos deudas municipales por valor de 1.565.146,78 euros.

Deudas que, según explicó el concejal de Hacienda, Antonio Martínez, corresponden al canon de control de vertidos del ejercicio 2005, por valor de 892.876,21 euros, y a las tarifas de riego del ejercicio 2004 por importe de 672.270,57 euros, y que el Consistorio adeudaba a la Confederación Hidrográfica del Júcar, por lo que el estado detrae esta cantidad de los ingresos que tenía que realizarle como liquidación en la participación de los tributos.

Aseguró el concejal que, en lo que respecta al canon de vertidos, se trata de una vieja polémica que el Ayuntamiento de Albacete mantiene con la Confederación, y es que esta última, considera que el Ayuntamiento vierte desde la depuradora de aguas residuales un agua que no está lo suficientemente depurada, por lo que cobra dicho canon.

El Ayuntamiento se viene defendiendo, recurriendo todos los años el canon, y asegurando que no se trata de una depuración incorrecta, sino del problema existente en la ciudad desde el momento que las aguas de los polígonos no son depuradas, llegando hasta la EDAR, completamente sucias, y no estando esta preparada para depurar aguas industriales, sino domésticas, como es su fin.

aguas industriales. Un problema que parece podrá resolverse en unos años, como adelantó el Juan José Moragues, presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, quien informó en su última visita de la intención de invertir en Albacete para solucionar los problemas de la depuración de las aguas industriales en todos los polígonos, aunque se desconoce cantidad a invertir, proyecto, y si la financiación será total o parcial con el Ayuntamiento u otra institución nacional o europea.

Mientras este proyecto se materializa, el Consistorio ya tiene recurrida la factura correspondiente al canon de vertido de 2006, esperando que como en 2005, finalmente se facture al 50%, y permitiendo que se detraiga después de la liquidación de los tributos, ya que el Ayuntamiento no revierte en los recibos a los ciudadanos esta cantidad, ni cuenta tampoco con partida presupuestaria para pagar dicho canon.

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La reserva de agua de embalses vuelve a bajar debido a la escasez de lluvias

La reserva de agua de los embalses peninsulares vuelve a descender esta semana debido a la escasez de precipitaciones en todo el territorio nacional y se sitúa en el 41,5 por ciento de su capacidad total, un 0,3 por ciento menos que hace siete días.


Según los últimos datos que ha hecho públicos el Ministerio de Medio Ambiente, los embalses acumulan 22.481 hectómetros cúbicos de agua, 172 menos que la semana anterior, con variaciones que se sitúan entre un descenso de 135 hm3 en la cuenca del Duero y un aumento de 52 hm3 en la del Ebro.

Las precipitaciones han sido escasas en todo el territorio nacional y la máxima se ha registrado en San Sebastián, con 17 litros por metro cuadrado.

Las lluvias han sido más abundantes en la vertiente mediterránea, que ha acumulado 2,8 litros por metro cuadrado, una cifra alejada de la media histórica de los últimos años, que se sitúa en 11,3 litros por metros cuadrado.

Las cuencas del Júcar y el Segura siguen siendo las más deficitarias, ya que a pesar del ligero aumento en la primera la reserva de agua sólo alcanza el 18,9 por ciento de su capacidad total, mientras que en la segunda desciende al 13,6 por ciento.

Además de estas dos, otras ocho cuencas hidrográficas siguen estando por debajo del 50 por ciento de su capacidad: Cuenca Mediterránea andaluza (24,4%), Cuencas Internas de Cataluña (25,8%), Galicia Costa (32,6%), Guadalquivir (35,2%), Cuenca Atlántica andaluza (38,5%), Ebro (41,1%), Tajo (41,2%) y Norte I (44,4%).

El conjunto de los embalses hidroeléctricos ha disminuido esta semana en 164 hm3, un 0,9 por ciento de su capacidad total, mientras que los de uso consuntivo han bajado también en 8 hm3.

El siguiente cuadro recoge, por cuencas hidrográficas, la capacidad total en hectómetros cúbicos, la capacidad actual y el porcentaje de agua acumulada:

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Cuenca Capacidad Situación actual Agua embalsada

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Galicia Costa 684 223 32,6

Norte I 3.030 1.346 44,4

Norte II 554 345 62,3

Norte III 71 59 83,1

P. Vasco 21 15 71,4

Duero 7.463 3.793 50,8

Tajo 11.009 4.539 41,2

Guadiana 8.292 4.513 54,4

C.Atl.And. 2.216 853 38,5

Guadalquivir 7.149 2.517 35,2

C.Med.And. 1.041 254 24,4

Segura 1.129 154 13,6

Júcar 3.346 634 18,9

Ebro 7.403 3.045 41,1

Cataluña 740 191 25,8

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Los embalses de la CHJ se encuentran al 19% de su capacidad y almacenan 5,60 hm3 de agua más que la semana pasada

Los embalses de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) se encuentran al 19,00 por ciento de su capacidad y almacenan 5,60 hectómetros cúbicos (hm3) de agua más que la semana anterior, ya que en total albergan 635,93 hectómetros cúbicos de los 3.346,6 de que disponen, según los datos facilitados hoy por este organismo.
Por sistemas, los embalses del Júcar se encuentran al 13,73 por ciento de su capacidad; los del Túria tienen un 36,76 por ciento de agua embalsada; en Alicante, el sistema de la Marina Baja/Serpis dispone del 69,35 por ciento de agua, mientras que en Castellón, el sistema Palancia/Mijares/Cenia se encuentra al 45,69 por ciento de su capacidad.
En el sistema de la Marina Baja, el embalse de Amadorio tiene un 68,46 por ciento de agua almacenada, mientras que el de Guadalest está al 81,37 por ciento. En el Serpis, el pantano de Beniarrés tiene el 64,09 por ciento de su capacidad cubierta. En el sistema Júcar-Turia, La Toba está en el 35,34 por ciento, el de Alarcón un 5,87 por ciento y el de Contreras en 5,88 por ciento.
En el complejo de Cortes, El Molinar está en un 59,00 por ciento de su capacidad, Cortes II en un 93,56 por ciento, La Muela en un 51,34 por ciento, y El Naranjero al 78,02 por ciento. En el Bajo Júcar, el de Tous-La Ribera se encuentra al 21,52 por ciento; Escalona al 4,61 por ciento; y Bellus, al 29,27 por ciento. En el sistema del Magro, el pantano de Forata está al 12,13 por ciento de su capacidad.
En el Túria, el embalse de El Arquillo de San Blas está al 53,35 por ciento, Benagéber al 40,69 por ciento, Loriguilla al 20,09 por ciento y Buseo al 36,88 por ciento. En el sistema del Palancia, el de Regajo se encuentra al 61,62 por ciento de su capacidad y el Algar, al 0,00 por ciento.
En el sistema de Mijares, el de Alcora tiene almacenado un 68,02 por ciento; Arenós un 39,70 por ciento; María Cristina un 6,04 por ciento y Sichar el 70,01 por ciento. En el Cenia, el de Ulldecona está al 64,66 por ciento de su capacidad, mientras que en otros sistemas, el embalse de Almansa está al 0,00 por ciento y el de Onda al 53,55 por ciento.

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La Junta espera que el TC aclare que el Estado determina el agua excedente

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha espera que el Tribunal Constitucional (TC) deje claro que la calificación de aguas excedentarias y su asignación a las distintas regiones sigue correspondiendo a la Administración general del Estado.

Así respondió ayer el vicepresidente primero de la Junta, Fernando Lamata, a preguntas de los periodistas sobre la decisión del Tribunal Constitucional de desestimar el recurso presentado por el Gobierno de Castilla-La Mancha contra el Estatuto de la Comunidad Valenciana, informa Efe.

La Junta entendía que este texto tenía una redacción en la asignación de aguas sobrantes de otras cuencas que podía perjudicar los intereses de Castilla-La Mancha, y por eso recurrió. Lamata manifestó su respeto a las decisiones de los tribunales y dijo que todavía se está a la espera de conocer el texto completo del pronunciamiento del Constitucional, porque «sólo conocemos que el Estatuto valenciano no es inconstitucional, pero quedan por ver las razones y las consecuencias».

Como en la actualidad

El vicepresidente de Castilla-La Mancha dijo que confía en que la sentencia del TC deje claro que la Administración del Estado es la que determina si se puede hacer una calificación de excedentaria de unas aguas y las asignaciones a las distintas regiones y, una vez establecido eso, cada región pueda decidir el destino final de esas asignaciones, que es como ocurre en la actualidad.

«Estaremos muy atentos para que el pronunciamiento del TC deje claro que la aplicación del Estatuto valenciano no vaya contra los intereses de Castilla-La Mancha». De lo contrario, advirtió de que, en la medida en que se hiciera una interpretación contraria a los intereses de la región, Castilla-La Mancha interpondrá recurso.

En cualquier caso, insistió en que «debe quedar claro que no se asigna un nuevo derecho a los valencianos sobre esas aguas por encima de los castellano-manchegos, y eso estamos seguros de que el Tribunal Constitucional lo dejará claro», aunque el TC considere que el texto no es inconstitucional.

El Alto Guadiana

Por otro lado, la vicepresidenta segunda y consejera de Economía y Hacienda, María Luisa Araújo, aseguró ayer que el Plan Especial del Alto Guadiana (PEAG) es «el mejor plan posible» y se mostró optimista en que será aprobado «antes de acabar el año», porque sólo queda el dictamen del Consejo de Estado para que sea aprobado por el Consejo de Ministros. Araújo afirmó que será «un ejemplo de sostenibilidad para otras zonas de España y de Europa», «Es un plan creíble», aseveró la consejera, porque su presupuesto asciende, según prometió Rodríguez Zapatero a 3.000 millones de euros. Para 2008, que sería su primer año de aplicación, le corresponden 150 millones de euros en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado.

El optimismo de la consejera contrasta con la opinión de los populares. La diputada del PP María Luisa Soriano manifestó que el Plan Especial del Alto Guadiana «se ha hecho sin realizar antes un estudio de la cantidad de agua que se consume anualmente en esa zona o cuál es exactamente la superficie de regadío». Además, aseguró que no resuelve los grandes problemas que tiene la zona del Alto Guadiana, como los pozos alegales.

En su comparecencia ante los medios antes del comienzo de la Comisión del Agua, criticó que el plan no contempla la recarga externa de los acuíferos, que la importante reducción de la superficie de regadío «puede provocar la crisis económica de la zona» y que, desde el punto de vista medioambiental, se necesitarán 20 o 25 años para recuperarla.

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La letra pequeña determinará el alcance del derecho al agua

La euforia con la que el Ejecutivo valenciano ha acogido la decisión del Tribunal Constitucional de rechazar los recursos de inconstitucionalidad presentados por los Gobiernos de Castilla-La Mancha y Aragón contra el artículo 17 del Estatuto valenciano puede acabar en globo pinchado.

Julia Ruiz, Valencia Sólo el texto de la sentencia que todavía permanece bajo llave determinará el alcance del derecho al agua contemplado en el citado artículo y que el Consell invoca ahora para exigir el trasvase del Ebro. Fuentes jurídicas consultadas por este diario indicaron que la clave está en la letra pequeña. El fallo, ya redactado y que fue aprobado la semana pasada por siete votos contra cinco, podría limitarse a establecer la constitucionalidad del precepto recurrido o bien ir más allá y reconocer como derechos el «abastecimiento y la «redistribución de los sobrantes de agua de cuencas excedentarias» . Sin embargo, según aclaran los expertos, no se trataría nunca del reconocimiento de un derecho subjetivo, sino de lo que en términos jurídicos se conoce como derechos de tercera generación, es decir, principios rectores de la política social y económica que deben observar los poderes públicos, pero que no son exigibles ante los tribunales Cabe apuntar que PP y PSOE pactaron en el Congreso de los Diputados modificar el artículo 17 del Estatuto valenciano para supeditarlo En el plano político es evidente que la decisión del Tribunal Constitucional ha supuesto un balón de oxígeno para el Ejecutivo que preside Francisco Camps que no duda ahora en invocar el Estatuto para exigir el trasvase del Ebro. Y ello, a pesar de que el Consell siempre ha sostenido que la política de agua corresponde al Estado y no puede dirigirse desde una autonomía. De hecho, con este argumento recurrió el Estatuto aragonés por blindar el trasvase del Ebro. El jefe del Consell aseguró ayer que el fallo le hace «más fuerte» para reivindicar el trasvase y mantuvo que el artículo 17 recoge el derecho y la obligación de todas las comunidades de recibir y aportar agua. Camps aseguró que la sentencia «avala desde el punto de vista político y jurídico la visión del Consell del concepto de solidaridad, con el fin de que el agua de los ríos que no pueda ser aprovechada por las tierras por donde discurre pueda ser enviada adonde hace falta». Y exigió al Gobierno que atienda de forma «inmediata» el trasvase del Ebro a la Comunitat, mantenga el del Tajo al Segura y culmine el del Júcar al Vinalopó, al considerar que es «un mandato constitucional» reflejado en el Estatuto. «Ni la Constitución, ni los informes, ni el sentido común, el patriótico o el de solidaridad se pueden poner encima de la mesa para impedir que el agua del Ebro o del Tajo venga a la Comunitat» , insistió, tras subrayar que ahora el Consell cuenta con «el respaldo de la ley para reivindicar solidariamente» estas transferencias. Por su parte, el vicepresidente primero del Gobierno de Castilla-La Mancha, Fernando Lamata, dijo confiar en que el TC deje «meridianamente claro» que la lectura del Estatuto «es en el sentido actual» , es decir, que es el Gobierno quien determina si hay o no excedentes de agua y que «no se asigna un nuevo derecho sobre las aguas cedentes a los valencianos».

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