No le ha sorprendido en absoluto, le parece lógico, pero quiere más, pide más, cree que se puede y se debe hacer más. Esa fue la valoración que hacía ayer el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Castilla-La Mancha, Francisco Delgado Piqueras, acerca de la decisición de la junta de recurrir la disposición transitoria del Real Decreto por el que se fija el ámbito de las demarcaciones hidrográficas.
«Obviamente, lo que se ha hecho es anunciar un recurso, aún hay que redactarlo y presentarlo, pero no me sorprende que la Junta dé ese paso: al fin y al cabo, lo que pone esa transitoria es que, transitoriamente, se suspende la vigencia de la Constitución en el ámbito de la cuenca del Júcar. Pero no perdamos de vista el factor tiempo; un recurso ante el Supremo son cuatro o cinco años y, en ese plazo, y por la política de siempre, la de los hechos consumados, pueden pasar muchas cosas», advirtió Delgado.
Como se recordará, el profesor Delgado, en calidad de representante legal de la Fundación para el Progreso de Albacete, fue el ‘responsable’ de la demanda que condujo a la sentencia del Supremo de octubre de 2004, por la que se anularon varios artículos clave del Plan Hidrológico de la Cuenca del Júcary se estableció la segregación de las cuencas internas de la Comunidad Valenciana del ámbito de la Confederación Hidrográfica del Júcar. Esta segregación se recogió en el Real Decreto 125/2007, sobre Demarcaciones Hidrográficas, pero con lo que el profesor Delgado definió en su día como una «transitoria perpetua».
«La disposición transitoria que contiene este Real Decreto dice que, mientras la Generalitat Valenciana no asuma las cuencas internas, la Confederación las mantiene -subrayó el profesor Delgado-, y eso es decir que, en el ámbito de la Confederación del Júcar, se suspende la aplicación de la Constitución, que dice claramente que las cuencas internas no son competencia del gobierno central, sino de las autonomías, como ya ocurre en Canarias, Baleares, Cataluña, Andalucía o Galicia».
Pero, además, como no se establece un plazo que ponga fin a la transitoriedad, sino que ésta se mantendrá hasta que Valencia quiera, «encima estamos poniendo en manos de Valencia la potestad de decir si cumplen o no con la Constitución y, además, cuándo lo hacen». Y ese cuándo, precisamente, es lo importante, porque es justo ahora cuando se están produciendo o gestando numerosos cambios legislativos que afectarán a la gestión del Júcar, como la nueva Ley de Aguas o la cercana revisión del Plan de Cuenca.
«Por eso, la demanda debe ir acompañada de la acción política, y el papel que puede jugar la Junta de Comunidades en este terreno es tan importante -indicó- porque no podemos quedarnos de brazos cruzados cinco años hasta que el Supremo nos vuelva a dar la razón, porque en esos cinco años nos puedendejar el Plan Hidrológico de Cuenca al revés y entonces, ¿que nos quedaría? ¿Volver a los tribunales para que cinco años más tarde nos den la razón?», se preguntó.
En este sentido, el profesor Delgado remarcó que, mientras no haya una sentencia por medio, las mayorías en el seno de la Confederación del Júcar se mantendrán tal y como están y serán, precisamente, esas mayorías (donde la Comunidad Valenciana y, sobre todo, la provincia de Valencia, parte y reparte) las que se encargarán de diseñar, redactar, tramitar, aprobar y redactar un nuevo Plan Hidrológico de Cuenca a su conveniencia.
Pero el profesor fue más allá, al indicar que la Junta tiene legitimidad para recurrir este Real Decreto como parte afectada, «pero no es la única, también lo puede recurrir una asociación agraria, un grupo de regantes, todos y cada uno de los municipios y diputaciones provinciales que se consideran afectados, pues también son usuarios; e incluso usuarios individuales y no sólo regantes, todo usuario del Júcar que entienda que esto le perjudica».