El grupo del Partido Popular en las Cortes Valencianas, mayoritario en dicha cámara, rechazaba recientemente una moción presentada por el grupo socialista en la que se pedía el cumplimiento de uno de los puntos clave de la sentencia del Supremo de octubre de 2004, la cual anuló varios artículos clave del Plan de Cuenca del Júcar.
Como se recordará, dicha sentencia anuló la inclusión dentro del ámbito de la citada cuenca de las denominadas ‘cuencas internas’ valencianas, al considerar que, conforme a la Constitución, la gestión de las mismas correspondía al gobierno de la comunidad vecina.
En la última Comisión de Medio Ambiente de las Cortes Valencianas, el diputado Francesc Signes, en nombre del grupo socialista, presentaba una moción en la que se pedía la creación de la Agencia Valenciana del Agua, así como la asunción de la gestión hídrica de los «ríos valencianos» por parte de la Generalitat.
Dicha moción recordaba ambas cosas constaban por escrito en el programa electoral del Partido Popular de las últimas elecciones valencianas, en concreto en los puntos 1.053 y 1.054. El propio Signes, según se hacían eco los medios de comunicación de la región vecina, recordaba que en dicho programa electoral se habla de forma específica y literal del compromiso de asumir «todas las competencias en planificación y gestión del agua de las cuencas intracomunitarias de la Comunitat Valenciana».
Sin embargo, los populares rechazaban la moción, argumentando que la última reorganización del Consell ha centralizado las competencias hídricas en un solo departamento, la Consejería de Medio Ambiente, Agua y Urbanismo, lo que volvería innecesaria la creación de la citada Agencia, porque la misma sería «suficiente» para gestionar los recursos hídricos que sean de la competencia de la Generalitat Valenciana.
Este debate es de una importancia capital para Albacete. En octubre de 2004, la sentencia del Supremo, a raíz de una demanda de la Fundación para el Progreso de Albacete, fue recibida como un triunfo para los intereses manchegos, ya que la exclusión de las cuencas internas supone dejar de ‘colgarle’ al Júcar una serie de usos y aprovechamientos que, en sentido estricto, no le corresponden.
revisión. Pero, además, esta sentencia tiene una especial relevancia, si se tiene en cuenta que el Plan Hidrológico de Cuenca del Júcar se encuentra en pleno proceso de revisión. En los documentos previos al proceso, el organismo de Cuenca, la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), admitía la existencia de la sentencia y el deber de su cumplimiento, pero planteaba una especie de situación transitoria, en la cual se responsabilizaría de la gestión de las cuencas internas mientras la Generalitat no asumiese la gestión de las cuencas internas
Por este motivo, el voto en contra del grupo popular en las Cortes Valencianas tiene una especial transcendencia desde Albacete, ya que la demora en la asunción de la gestión de las cuencas internas es, al mismo tiempo, la demora en el cumplimiento de una sentencia clava para los intereses manchegos en la gestión de la cuenca hidrográfica del Júcar.