El presidente de la Federación Nacional de Comunidades de Regantes (Fenacore), Andrés del Campo, ha aplaudido el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que declara inconstitucional el artículo 75.1 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León sobre la gestión del Duero al entender que es necesario «poner orden» y «mano dura» para hacer una planificación del agua a nivel nacional y evitar así los conflictos surgidos.
- El presidente de la Federación Nacional de Comunidades de Regantes (Fenacore), Andrés del Campo, ha aplaudido el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que declara inconstitucional el artículo 75.1 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León sobre la gestión del Duero al entender que es necesario "poner orden" y "mano dura" para hacer una planificación del agua a nivel nacional y evitar así los conflictos surgidos.
Del Campo, en declaraciones a Europa Press, se expresó así tras conocerse el fallo del Alto Tribunal que anula el artículo en el que se plantea que la Comunidad asuma las competencias de desarrollo legislativo y de ejecución en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos de la cuenca del río Duero, un pronunciamiento similar al expresado sobre el Guadalquivir.
El presidente de Fenacore cree «muy importante y muy positiva» la decisión del TC porque cree que «está claro» que las cuencas intercomunitarias, que son las discurren por varias comunidades autónomas, «tienen que ser gestionadas por una administración central», en este caso por una administración «fuerte» que evite los conflictos que ya están ocurriendo entre comunidades autónomas y entre provincias, algo que ya ocurría en el Guadalquivir.
«La experiencia que vivida en la que Andalucía ha gestionado el agua no ha sido positiva, hemos tenido bastante descontrol», dijo Andrés del Campo, quien criticó que además se produjera una duplicidad en las administraciones, en el caso del Guadalquivir con la Confederación Hidrográfica y una Agencia del Agua Andaluza, pero también en los cargos y los costes.
Gestión en sequía
Además, considera que los delegados de Medio Ambiente eran los responsables del agua en las provincias, es decir, «cargos políticos puros», por lo que se temía que en cualquier momento de sequía se produjera una conflictividad provincial.
A este respecto, considera que con el reparto de competencias sobre el agua se transmite al usuario que el líquido elemento ya no es un bien común sino que es del que la tiene «más cerca» y aseguró que con los estatutos de Aragón y Cataluña con el Ebro también ha supuesto conflictos.
«La planificación hidrológica nacional sería imposible si prosperaran los estatutos que elaboran las comunidades autónomas con ese exceso de competencias que se atribuyen en cuencas intercomunitarias», insistió.
Andrés del Campo cree que era muy necesario un fallo así porque se estaba «descontrolando» y todos los conflictos y recursos se plantearon porque realmente no se ha llegado a respetar «ni la legislación de aguas ni la propia Constitución», que en su artículo 149.22 establece que la administración del agua en cuencas intercomunitarias corresponde única y exclusivamente al Estado Central a través de las confederaciones hidrográficas, algo también recogido en la Ley de Aguas.
Además, considera que «hay que poner orden y hace falta realmente una mano dura en ese sentido» para que entre las comunidades autónomas pueda imponerse en un momento determinado y se pueda hacer planificación hidrológica nacional. «Si no, nunca se podrá llevar a agua de donde la hay a donde no la hay ni hacer obras que afecten a varias comunidades autónomas», concluyó.