La entrada en vigor hoy del Real Decreto por el que se regula la composición y funcionamiento de los Comités de Autoridades Competentes de las demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias permitirá a Castilla-La Mancha contar con un representante en estas comisiones.
De este modo, Castilla la Mancha contará con representantes en las demarcaciones hidrográficas del Guadiana, Tajo, Duero, Guadalquivir, Segura, Júcar y Ebro.
La aprobación de este Real Decreto se enmarca dentro de lo recogido en la Ley de Aguas, que disponía la existencia en el caso de las demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias, de un órgano de cooperación denominado Comité de Autoridades Competentes.
La creación del Comité de Autoridades Competentes de la demarcación hidrográfica no afectará a la titularidad de las competencias que en las materias relacionadas con la gestión de las aguas correspondan a las distintas Administraciones Públicas, que continuarán ejerciéndose de acuerdo con lo previsto.
El Comité de Autoridades Competentes de cada demarcación hidrográfica con cuencas intercomunitarias estará constituido por el presidente y un secretario, que serán los del organismo de cuenca, mientras que en el caso de los vocales la distribución variará en función de cada caso.
El funcionamiento de estos Comités de Autoridades Competentes también ha quedado regulado y establece que actuará ordinariamente en pleno, que se reunirá al menos dos veces al año.
El Comité de Autoridades Competentes tendrá como funciones básicas favorecer la cooperación en el ejercicio de las competencias relacionadas con la protección de las aguas que ostenten las distintas Administraciones públicas en el seno de la respectiva demarcación hidrográfica.
En relación a la cooperación directa en el ejercicio de las competencias relacionadas con la protección de las aguas serán cometidos suyos favorecer la cooperación en la elaboración de planes y programas, impulsar la adopción de acuerdos y convenios entre las distintas Administraciones Públicas y supervisar la actualización del Registro de Zonas Protegidas.
En el proceso de planificación hidrológica tendrán como misión facilitar y garantizar la aportación de información requerida por el Consejo del Agua de la demarcación para la elaboración de los planes hidrológicos de la cuenca y facilitar la cooperación para la elaboración del esquema sobre los temas importantes de la planificación hidrológica.
Igualmente, serán cometidos suyos la elaboración de los programas de medidas y su incorporación al Plan Hidrológico de cada una de las demarcaciones hidrográficas.
La entrada en vigor ayer del Real Decreto por el que se regula la composición y funcionamiento de los Comités de Autoridades Competentes de las demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias permitirá a Castilla-La Mancha contar con un representante en estas comisiones. De este modo, Castilla-La Mancha contará con representantes en las demarcaciones hidrográficas del Guadiana, Tajo, Duero, Guadalquivir, Segura, Júcar y Ebro.
La aprobación de este Real Decreto se enmarca dentro de lo recogido en la Ley de Aguas, que disponía la existencia en el caso de las demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias, de un órgano de cooperación denominado Comité de Autoridades Competentes.
La creación del Comité de Autoridades Competentes de la demarcación hidrográfica no afectará a la titularidad de las competencias que en las materias relacionadas con la gestión de las aguas correspondan a las distintas Administraciones Públicas, que continuarán ejerciéndose de acuerdo con lo previsto.
El Comité de Autoridades Competentes de cada demarcación hidrográfica con cuencas intercomunitarias estará constituido por el presidente y un secretario, que serán los del organismo de cuenca, mientras que en el caso de los vocales la distribución variará en función de cada caso.
El Comité de Autoridades Competentes tendrá como funciones básicas favorecer la cooperación en el ejercicio de las competencias relacionadas con la protección de las aguas que ostenten las distintas Administraciones públicas en el seno de la respectiva demarcación hidrográfica. o